¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es el mecanismo legal, regulado en la Ley 25/2015 y reformado por la Ley 16/2022 (que traspone la Directiva europea 2019/1023), que permite a particulares y autónomos de buena fe cancelar total o parcialmente las deudas que no pueden pagar. El resultado del procedimiento es la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI): el juez declara extinguidas las deudas y la persona puede empezar de nuevo.
Requisitos para acogerse
Para beneficiarte de la Ley de Segunda Oportunidad debes cumplir, en esencia, estos requisitos:
- Ser persona física (particular o autónomo).
- Encontrarse en situación de insolvencia: no poder pagar las deudas de forma regular.
- Actuar de buena fe, sin haber ocultado bienes ni generado la insolvencia de forma fraudulenta.
- No haber sido condenado por delitos socioeconómicos, contra el patrimonio o contra la Hacienda Pública en los 10 años previos.
¿Qué deudas se pueden cancelar?
La exoneración alcanza a la mayoría de deudas. A modo orientativo:
| Deudas exonerables | Deudas con límites o excluidas |
|---|---|
| Préstamos personales y al consumo | Deuda pública (Hacienda/SS): hasta 10.000 € por organismo |
| Tarjetas de crédito y revolving | Pensiones de alimentos |
| Microcréditos y descubiertos | Deudas por responsabilidad civil de delitos |
| Deudas con proveedores (autónomos) | Multas y sanciones administrativas graves |
| Avales y deudas como fiador | Créditos con garantía real, según su valor |
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El procedimiento paso a paso
- Estudio de viabilidad. Analizamos ingresos, deudas y patrimonio para confirmar que tu caso es viable.
- Preparación del expediente. Reunimos documentación y elaboramos la relación de acreedores y el inventario de bienes.
- Solicitud del concurso. Presentamos la solicitud ante el Juzgado de lo Mercantil o de Primera Instancia que corresponda.
- Tramitación. Se nombra administración concursal si procede y, en su caso, se liquidan bienes. Pueden paralizarse embargos.
- Exoneración (EPI). El juez dicta la exoneración del pasivo insatisfecho, con o sin plan de pagos según el caso.
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