¿Se pueden cancelar las deudas con Hacienda y la Seguridad Social? Sí, pero con límites: desde la reforma de la Ley 16/2022, la Ley de Segunda Oportunidad permite exonerar deuda pública hasta 10.000 € con Hacienda y otros 10.000 € con la Seguridad Social (límites separados, por organismo). El resto no desaparece, pero puede reconducirse con aplazamientos o un plan de pagos.
Qué dice la ley tras la reforma de 2022
Antes de la Ley 16/2022 la deuda pública era, en la práctica, intocable. La reforma abrió la puerta a exonerarla con topes:
- Hasta 10.000 € de deuda con Hacienda (AEAT).
- Hasta 10.000 € de deuda con la Seguridad Social.
Son límites independientes: si debes a ambos organismos, el máximo exonerable puede llegar a 20.000 € en conjunto.
¿Cómo se aplica el límite de 10.000 €?
Según la interpretación que vienen aplicando muchos juzgados:
| Tramo de deuda pública (por organismo) | Exoneración |
|---|---|
| Primeros 5.000 € | 100% |
| De 5.000 € hasta el límite | 50% |
| Por encima del límite | No se exonera (pero puede aplazarse o ir a plan de pagos) |
Importante: la aplicación exacta puede variar según el juzgado. Es uno de los puntos que analizamos caso a caso antes de iniciar el procedimiento.
Qué pasa con lo que no se exonera
La deuda pública que queda fuera del tope no se cancela, pero no estás desprotegido:
- Puede solicitarse un aplazamiento o fraccionamiento ante la AEAT o la TGSS.
- En la modalidad de exoneración con plan de pagos, la deuda pública restante puede integrarse en un calendario asumible según tus ingresos reales.
El caso típico del autónomo
Es el perfil donde más pesa la deuda pública: cuotas de autónomo impagadas, IVA e IRPF pendientes. La estrategia suele combinar:
- Exonerar toda la deuda privada (bancos, tarjetas, microcréditos, proveedores) — sin límite.
- Exonerar hasta 10.000 € por organismo de la deuda pública.
- Aplazar o llevar a plan de pagos el resto.
El resultado práctico: la carga total puede reducirse de forma muy notable aunque una parte de la deuda pública sobreviva. Tienes más detalle sobre el caso del autónomo en nuestra página de Segunda Oportunidad para autónomos.
Conclusión: sí, pero con estrategia
Cancelar deuda con Hacienda y la Seguridad Social es posible, pero es la parte más técnica del procedimiento y donde más varía el criterio judicial. Antes de dar pasos conviene un análisis serio de los números.
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