Saltar al contenido
Ley de Segunda Oportunidad

Agricultores y autónomos de Zamora con deudas: guía práctica

✓ Revisado por José Alberto Ayarza Sancho, abogado colegiado nº 1185 (Ilustre Colegio de Abogados de La Rioja)

Respuesta corta: si tienes una explotación agrícola o ganadera, un comercio o un taller en Zamora y no puedes pagar, la Ley Concursal te deja dos caminos: seguir con un plan de pagos sin vender tus bienes o liquidar y, en ambos casos, pedir que se cancele la deuda que quede, con los límites de la ley. Lo que más cambia el resultado no es vivir en Zamora, sino qué está financiado con garantía (la nave, el tractor, las tierras) y cuánto debes a Hacienda y a la Seguridad Social.

Esta guía va de eso: de los casos de quien vive de su trabajo en una provincia rural. Si lo que buscas es el despacho, tienes la página para cancelar deudas en Zamora con el estudio gratuito.

Zamora en cifras: por qué el procedimiento online importa aquí

DatoValorFuente
Habitantes de la provincia165.275INE, Padrón a 1-1-2025
Municipios248INE, Padrón a 1-1-2025
Municipios con menos de 1.000 habitantes231INE, Padrón a 1-1-2025
Municipios de más de 10.000 habitantes2 (Zamora, 59.815, y Benavente, 17.309)INE, Padrón a 1-1-2025
Concursos de particulares sin actividad empresarial (2023 → 2025)51 → 61 → 77CGPJ
Mismos concursos en el primer trimestre (2025 → 2026)18 → 7CGPJ

Dos lecturas útiles. La primera: en una provincia donde casi todos los municipios tienen menos de mil vecinos, desplazarse al juzgado o a un despacho cuesta tiempo y dinero, y por eso lo tramitamos todo a distancia. La segunda: la serie del CGPJ solo cuenta a particulares sin actividad empresarial; los autónomos y las explotaciones van por otra estadística, así que estas cifras no reflejan todo el endeudamiento de la provincia.

Qué vía encaja según tu situación

Tu situaciónVía habitualBase legal
Particular (asalariado, pensionista, en paro) con préstamos y tarjetasConcurso de persona natural y exoneración, con plan de pagos o con liquidaciónArt. 486 TRLC
Autónomo agrario o comercio que quiere seguirProcedimiento especial para microempresas con plan de continuación y, después, exoneraciónArts. 685 y 686 TRLC
Autónomo que cierra la actividadProcedimiento de microempresas en modalidad de liquidación y exoneraciónArts. 685, 686 y 486 TRLC
Matrimonio que firmó junto los préstamos de la explotaciónDeclaración conjunta de los concursos; cada uno pide su exoneraciónArt. 38 TRLC
Socio que avaló a su S.L.Concurso de la sociedad y, aparte, el suyo propio para los avalesArt. 489 TRLC

El procedimiento de microempresas se aplica si el año anterior tuviste de media menos de diez trabajadores y un volumen de negocio inferior a 700.000 € o un pasivo inferior a 350.000 € (art. 685 TRLC). Es el caso de la gran mayoría de explotaciones familiares y pequeños negocios. Si quieres el detalle de esa vía, lo tienes en la página de concurso de acreedores para autónomos y pymes.

La maquinaria, la nave y las tierras: qué pasa con lo que tiene garantía

Es la pregunta que más nos hacen en el campo, y la respuesta corta es que la garantía no desaparece. La ley excluye de la exoneración las deudas con garantía real dentro del límite del privilegio especial (art. 489.1.8.º TRLC). En la práctica:

  • Si el bien vale más o menos lo que debes por él (por ejemplo, una nave hipotecada), el acreedor conserva su garantía y esa deuda no se cancela mientras la cubra el valor del bien.
  • Si debes más de lo que vale el bien, la parte que excede del privilegio especial se trata como el resto de la deuda y sí puede exonerarse.
  • Si eliges el plan de pagos, no se liquidan tus bienes (arts. 486 y 495 TRLC): puedes conservar el tractor o la nave, pero tienes que seguir pagando lo garantizado y cumplir el plan, que dura tres años con carácter general y cinco si no se vende tu vivienda habitual (art. 497 TRLC).

Por eso, antes de elegir la vía, revisamos contrato por contrato qué está financiado con hipoteca, con prenda o con reserva de dominio, y cuánto vale cada bien. Para un vehículo, el razonamiento es parecido al que explicamos en la guía sobre el préstamo del coche en la Segunda Oportunidad.

Hacienda y la Seguridad Social: un ejemplo de cálculo

La deuda pública solo se exonera en parte. Con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, el límite es de 10.000 € por organismo: los primeros 5.000 € se exoneran íntegros y del tramo siguiente, el 50 %. Como máximo, 7.500 € por organismo (art. 489.1.5.º TRLC).

AcreedorDeudaSe exoneraSigue debiéndose
Agencia Tributaria (IRPF, IVA, recargos)8.000 €5.000 € + 50 % de 3.000 € = 6.500 €1.500 €
Seguridad Social (cuotas de autónomo)14.000 €5.000 € + 50 % de 5.000 € = 7.500 €6.500 €

Ejemplo ilustrativo con cifras redondas, no un caso real. La deuda con la Junta de Castilla y León o con tu ayuntamiento (tasas, impuestos municipales) es deuda pública que, en principio, no se exonera, salvo que su recaudación la gestione la Agencia Tributaria.

Un aviso importante si casi todo lo que debes es a la Administración: en el procedimiento de microempresas, si al menos el 85 % del pasivo es de acreedores públicos, solo puede tramitarse como liquidación (art. 686.4 TRLC). Tienes más detalle en la guía de deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

No esperes a la próxima campaña: el plazo de dos meses

Cuando un negocio entra en insolvencia actual, la ley da dos meses para pedir el procedimiento desde que conociste o debiste conocer que no podías pagar (art. 686.2 TRLC para microempresas). Retrasarlo tiene un riesgo concreto: si el concurso se califica como culpable, la persona física no puede obtener la exoneración (art. 487 TRLC). Esperar a ver si la siguiente cosecha o la siguiente venta de ganado lo arregla es comprensible, pero conviene hacerlo con los números revisados.

Cómo lo tramitamos si vives en Zamora

El concurso se tramita ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia competente para la provincia (art. 87 LOPJ, tras la Ley Orgánica 1/2025). Nosotros lo llevamos online de principio a fin, vivas en la capital, en Benavente, en Toro o en un pueblo de Sanabria o de Aliste: solo se acude al juzgado cuando el procedimiento lo exige.

  1. Estudio de viabilidad gratuito: lista de acreedores, contratos con garantía, deuda pública e ingresos.
  2. Elección de la vía: plan de pagos o liquidación, y si procede el procedimiento de microempresas.
  3. Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar; puedes ver cuánto cuesta y cómo revisar un presupuesto.
  4. Tramitación y solicitud de la exoneración.

Para una primera idea en un minuto, usa la calculadora de deuda cancelable. Y si quieres que lo miremos con tus papeles, cuéntanos tu caso o entra en la página para cancelar deudas en Zamora. Si vives cerca, también atendemos en León, Salamanca y Valladolid.

Preguntas frecuentes

¿Puede un agricultor o ganadero de Zamora acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

Sí. La exoneración del pasivo insatisfecho está abierta a cualquier persona natural, sea o no empresaria, siempre que sea deudora de buena fe (art. 486 TRLC). Si la explotación tiene menos de diez trabajadores de media y un volumen de negocio inferior a 700.000 € o un pasivo inferior a 350.000 €, se tramita por el procedimiento especial para microempresas (art. 685 TRLC).

Si me acojo, ¿pierdo el tractor o la nave que tengo financiados?

Depende de la garantía y de la vía. Las deudas con garantía real no se exoneran dentro del límite del privilegio especial (art. 489.1.8.º TRLC), así que el acreedor conserva su garantía sobre ese bien. Si eliges la exoneración con plan de pagos, no se liquidan tus bienes (arts. 486 y 495 TRLC), pero tienes que poder seguir pagando lo garantizado. Lo calculamos con tus contratos.

¿Cuánto se cancela de lo que debo a Hacienda y a la Seguridad Social?

Hasta 10.000 € por organismo: los primeros 5.000 € íntegros y el 50 % del resto, es decir, como máximo 7.500 € exonerados con la Agencia Tributaria y otros 7.500 € con la Seguridad Social (art. 489.1.5.º TRLC). El resto de la deuda pública no se cancela.

Mi mujer y yo firmamos juntos los préstamos de la explotación, ¿tenemos que ir por separado?

No necesariamente. Los cónyuges pueden pedir la declaración conjunta de sus concursos (art. 38 TRLC). Cada uno obtiene después su propia exoneración, pero tramitarlo a la vez suele simplificar el procedimiento cuando las deudas son comunes.

¿Ante qué juzgado se tramita en Zamora?

Ante la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia competente para la provincia de Zamora (art. 87 LOPJ, tras la Ley Orgánica 1/2025). Allí se tramitan los concursos de persona física, seas particular o autónomo. Lo llevamos online: solo se acude al juzgado cuando el procedimiento lo exige.

¿Puedes cancelar tus deudas? Averígualo gratis

Estudiamos tu caso sin compromiso y te decimos con claridad si la Ley de Segunda Oportunidad puede liberarte. Respuesta el mismo día.

Antes de hablar por WhatsApp

Cuéntanos tu caso en 30 segundos

Responde 3 preguntas y te escribimos por WhatsApp en menos de 5 minutos. Gratis y sin compromiso.

🔒 Respuesta el mismo día · Datos tratados con confidencialidad